Normativas

IMG-20231121-WA0004

Mantenimiento de Matafuegos

De acuerdo con la legislación vigente, es imperativo garantizar el buen funcionamiento de los matafuegos mediante el mantenimiento anual y controles periódicos. La normativa establece la necesidad de realizar, como mínimo, cuatro controles al año, asegurando que no transcurran más de 90 días entre cada uno.  Las regulaciones pertinentes incluyen:

  • Ordenanza 40.473 – CABA
  • Decreto 4992/90 – Provincia de Bs. As.
  • La norma IRAM 3517 I y II regula la actividad a nivel Nacional
  • Ley 2231: Crea el Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores, como únicos habilitados para realizarlo.


Contáctanos

Instalaciones Fijas contra Incendios

La Ley Nº 6100 indica en el titulo número cinco la conservación y mantenimiento de las instalaciones contra incendios.

Todos los establecimientos ubicados en las ciudades deben realizar mantenimiento periódico de las instalaciones contra incendio que poseen. 

  • Ley N° 6100 y su modificatoria Ley N° 6116 Código de Edificación.
  • Ley N° 6116 Modificación de la Ordenanza N° 40.473 (texto consolidado Ley 6017) y Artículo 2.1.1 de la Sección 2° Capítulo I “Seguridad y Prevención de Siniestros” de la Ley 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Consolidado por la Ley 6017).
  • Decreto 151/2019 Autoridad de Aplicación.
  • Resolución N° 80/SSGU/202 Aprueban nuevos Reglamentos Técnicos del Código de Edificación.
  • Reglamento REECI- IF-2021-35983628-GCABA-DGHP Reglamento técnico.
  • Formulario REECI- IF-2021-35353337-GCABA-DGHP Formulario de Declaración Responsable.
  • Ley N° 451 Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.


Contáctanos


WhatsApp Image 2022-04-27 at 1.21.08 AM
WhatsApp Image 2022-04-27 at 1.24.45 AM (1)
DSCN9982
DSCN9984
DSCN9985
DSCN9986
DSCN9987
DSCN9990
DSCN9991
PIC_20221026_161015
PIC_20221026_161023
PIC_20221026_161031
PIC_20221026_161037
PIC_20221026_161118

Ingeniería y Obras

Luego de la derogación de la Ley 415 DGDyPC/11, que establecía las bases para realizar el mantenimiento de las instalaciones fijas, se creó la Disposición Nº 1772/GCABA/DGFYCO/15 con las exigencias necesarias para hacerlo correctamente.

La Norma IRAM 3501 se aplica a instalaciones contra incendio nuevas, en las que se verifica el diseño, los materiales que se utilizan, el desarrollo y la culminación de la obra, para emitir un Certificado de Conformidad que garantice su funcionamiento.

La Norma IRAM 3619 se aplica sobre instalaciones existentes, para comprobar su cumplimiento de acuerdo a la normativa vigente. Se realizan pruebas para evaluar el diseño y la instalación.

  • Código de Edificación de la Ciudad De Buenos Aires: Puntos 4.12 y 6.3.1.4
  • Las normas NFPA que abarcan estos trabajos son las siguientes
  • NFPA 13: Instalación de Sistema de Rociadores
  • NFPA 14: Instalación de Sistema de Tuberías Verticales y de Mangueras
  • NFPA 16: Instalación de rociadores de agua – Espuma y sistema de pulverización de Agua – Espuma
  • NFPA 25: Protección contra incendio a base de agua
  • NFPA 72: Código Nacional de Alarmas de Incendio y señalización
  • NFPA 2001: Sistemas de extintores de incendio mediante gases limpios
  • NORMA IRAM 3501: Certificación de instalaciones nuevas y de auditores
  • NORMA IRAM 3619: Evaluación Técnica de Instalaciones Contra Incendios


Contáctanos

Evacuación de emergencia

Crea un Plan de Evacuación y Simulacro en casos de incendio, que planifique y organice la manera en que las personas deben actuar ante una situación de riesgo.

Será de aplicación obligatoria en edificios, tanto del ámbito público como privado, oficinas, escuelas, hospitales y en todos aquellos con atención al público, adecuándolo a las características propias del inmueble.

Todos los edificios deben contar con los medios exigidos de salidas para incendio. Los medios de escape, horizontales y verticales, deberán poseer iluminación de emergencia para facilitar la evacuación.

  • Ley Nº 5920 – Sistema de Autoprotección (Ex Ley Nº 1346)
  • Ordenanza 45.425 – GCBA – Señalización de Medios de Salida
  • Ambos distritos se apoyan en la Norma IRAM 3517/-II
  • Ley 2231: Crea el Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores, como únicos habilitados para realizarlo


Contáctanos

PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS

Contáctanos

Comienza a disfrutar de la tranquilidad de un sistema de protección, seguridad y prevención eficaz.

Correo electrónico

info@matafuegos.hys.com.ar

Número de contacto

(+54) 387431-0543

Dirección

Mitre 1.341, Salta Capital

Escribenos

Comencemos tu proyecto











Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *